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¿Cuáles son las multas que hay en el Metro CDMX? Acciones que NO debes de hacer

Si no quieres una sanción, evita realizar estas acciones en el Metro

El Metro de la Ciudad de México
El Metro de la Ciudad de MéxicoSTC Metro

El Sistema de Transporte Colectivo (STC) Metro es uno de los medios de transporte más utilizados en la Ciudad de México (CDMX). Los vagones, en su mayoría subterráneos, trasportan millones de personas día con día, conectando múltiples puntos de la capital del país con sus 12 líneas actualmente activas.

Las sanciones se dividen en cuatro. Pueden ser amonestaciones, multas, arresto y trabajo en favor de la comunidad. En los artículos 26 al 29 de la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México se encuentra estipulado qué actos se consideran infracciones.

Cada uno tiene a su vez fracciones que esclarecen qué acción corresponde a cada transgresión, que pueden ser contra la dignidad, tranquilidad, seguridad ciudadana o contra el entorno urbano de la ciudad.

Reglamento del Metro CDMX ¿Qué no debes hacer?

El Metro de la Ciudad de México (CDMX) cuenta con su reglamento y con el mismo puedes saber las cosas que los usuarios NO deben hacer cuando se transporten en los vagones de los trenes del Sistema de Transporte Colectivo (STC), o se encuentren en alguna de sus estaciones del Metro y así mantener el orden público:

  1. Maniobrar los vehículos en cualquier instalación del sistema
  2. Accionar los dispositivos instalados, con excepción de los destinados al uso de los pasajeros
  3. Invadir cualquier área que no esté destinada al transporte de los usuarios, y en particular, las vías, carriles confinados, o los túneles por donde circulen los vehículos de este tipo de transporte
  4. Poner obstáculos al cierre de las puertas o tratar de abrirlas
  5. Fumar, prender cerillos o encendedores dentro de las estaciones
  6. Rebasar las líneas de seguridad marcadas en los bordes de los andenes, excepto para ascenso o descenso
  7. Arrojar objetos a las vías o al exterior por las puertas y ventanas
  8. Sacar partes del cuerpo por las ventanas
  9. Hacer funcionar dentro de las unidades, carros y/o vagones, o en las estaciones, aparatos de sonido u otros objetos o dispositivitos sonoros
  10. Transportar materiales inflamables de fácil combustión o mal olientes que pongan en peligro la seguridad o comodidad de las personas
  11. Transportar bolsas grandes o maletas que estorben el movimiento o causen molestias a los demás pasajeros
  12. Transportar animales, excepto animales de asistencia o de servicio (perros guía)
  13. Hacer uso de las estaciones o de las unidades, carros y/o vagones cuando se encuentre en estado de intoxicación por alcohol o por cualquier otra sustancia tóxica
  14. Ejercer el comercio ambulante, en las unidades, carros y/o vagones, andenes, estaciones, túneles, corredores, escaleras, zonas de acceso, salidas y zonas de distribución y zonas de acceso y salida de las estaciones en un polígono de 25 metros
  15. Permanecer en las instalaciones, unidades, carros y/o vagones o estaciones fuera del horario establecido para el servicio de transportación, o cuando así lo indique el personal operativo competente
  16. Ingresar a las cabinas de conducción de los trenes o a las instalaciones reservadas para uso exclusivo del personal autorizado
  17. Distribuir publicidad, fijar, adherir carteles o cualquier tipo de propaganda sin el permiso que para tal efecto expida la autoridad competente
  18. Dañar, grafitear, escribir, pintar, rayar y/o dibujar, en los cristales, paredes, vagones, corredores y demás instalaciones de Transporte Público
  19. Viajar en zonas exclusivas para usuarios con discapacidad, personas adultas mayores y mujeres, cuando la persona usuaria no se encuentre dentro de esa condición específica, en el Sistema de Transporte Colectivo "Metro", viajar en los vagones exclusivos para mujeres y niños menores de 12 años y/o ocupar los asientos reservados para personas con discapacidad adultos mayores, mujeres embarazadas o con menor en brazos
  20. Obstaculizar zonas de acceso, salidas, unidades, carros y/o vagones, andenes, estaciones, túneles, corredores, escaleras y en general, todos aquellos puntos de circulación peatonal y del propio medio de transporte
  21. Transportar objetos que puedan causar daño a las instalaciones, carros o trenes del medio de transporte. Las infracciones a las que hace referencia el presente artículo, serán sancionadas conforme a los ordenamientos que resulten aplicables

Multas en el Metro ¿Cómo se aplican?

Ni en el reglamento ni en el manual de usuarios se habla de las famosas multas en el Metro, las cuales se pueden aplicar en caso de no cumplir con las normas establecidas dentro del STC.

Las autoridades del Metro no sancionan ni imponen multas, ellos canalizan a los infractores al juzgado cívico, que se encarga de determinar el monto de las multas en el Metro con fundamentos en la Ley de Movilidad y la de Cultura Cívica.

Algunos de los casos más destacados como ejemplos de multas son:

Viajar en zonas exclusivas para mujeres y tercera edad

La multa por infringir esta norma va de 21 a30 Unidades de Medida (UMA), es decir, de entre 2,178.00 a 3,112.00 pesos, sin embargo, si no se paga la multa, el infractor puede ser acreedor a 25 a 36 horas de arresto o 12 a 18 horas de trabajo comunitario.

Realizar actividades de comercio al interior del Metro

Los policías te solicitarán que te retires de las instalaciones, sin que esto permita el abuso de autoridad.

Ingresar a zonas no autorizadas para el público

Como son los talleres a final de la terminal, a causa de quedarse dormido, la multa será de 1,774.00 a 2,534.00 pesos.

Aventar objetos a las vías del Metro

De acuerdo con la Ley de Movilidad de la CDMX y el Código Penal capitalino, las sanciones van de uno a cuatro años de prisión y multa de 337,000.00 a 440,000.00 pesos.

Accionar dispositivos de emergencia

El hecho de accionar la palanca de emergencia cuando no sea una situación real de peligro infringe la Ley de Cultura Cívica de la CDMX, y hace acreedor de una multa de 21 a 30 UMA, es decir de entre 2,178.00 a 3,112.00 pesos.

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